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LEGISLACIÓN PARA LAS FUNDACIONES PRIVADAS CATALANAS - Ley 5/2001, de 2 de mayo, de fundaciones (68 Kb) - en catalán
Convenio de colaboración entre "la Caixa" y la Coordinadora Catalana de Fundacions Asamblea general ordinaria: constitución de la nueva Junta Directiva de la Coordinadora Catalana de Fundacions Acuerdo de colaboración entre la AFA y la CCF Presentación de las cuentas anuales de las Fundaciones por medios telemáticos Jornada
informativa sobre el Reglamento de la Ley del
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo Èxito rotundo de la presentación
del Código Ético para las Fundaciones Catalanas Aprobación del nuevo Plan General
Contable de fundaciones privadas catalanas La
nueva Ley de mecenazgo, a debate Jornada sobre la Ley 5/2001, de
fundaciones
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Nota de Prensa: "La Caixa” y la Coordinadora Catalana de Fundaciones firman un convenio de colaboración La entidad financiera pondrá a disposición de las entidades miembros de la Coordinadora Catalana de Fundaciones una amplia oferta de productos y servicios en condiciones preferentes Barcelona, 29 de junio de 2004.- “La Caixa” ha firmado hoy un convenio de colaboración con la Coordinadora Catalana de Fundaciones (CCF) para difundir y comercializar productos y servicios financieros entre las fundaciones asociadas y , en particular, aquellas que tengan una dimensión más pequeña y que, por sus características, necesiten más el apoyo de las entidades que firman este convenio. El objetivo del acuerdo es facilitar a la propia Coordinadora y a sus más de 460 fundaciones asociadas los servicios e instrumentos financieros de “la Caixa” y sus empresas participadas, en condiciones preferentes, para cubrir las necesidades derivadas del desempeño de sus actividades. Amplia gama de productos y servicios “La Caixa” pondrá a disposición de las Fundaciones un completo paquete de productos y servicios financieros, que comprende diversas líneas de financiación de inversiones y de la propia actividad fundacional (anticipo de subvenciones, avales, cuentas de crédito…), servicios de banca a distancia, de gestión de pagos y cobro de recibos, así como diversas modalidades de seguro (de responsabilidad civil, de inmuebles, etc). Las Fundaciones que quieran ampliar o actualizar sus instalaciones y equipamientos tendrán condiciones especiales en productos de renting y leasing, tanto mobiliario como inmobiliario. El convenio de colaboración, de dos años de duración, prorrogable, ha sido firmado en Barcelona por Ricardo Fornesa, Presidente de “la Caixa”, y por Jaume Iglesias, Presidente de la Coordinadora Catalana de Fundaciones. Para más información: Coordinadora Catalana de Fundacions
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Después de la asamblea general ordinaria, celebrada el pasado día 16 de junio, informamos que ya se puede consultar tanto la Memòria del ejercicio 2003, que también incluye la Cuenta de Resultados y el Balance de situación, como el Programa y el presupuesto para el año 2004, que fueron aprobados. Igualmente, como resultado de la misma asamblea, se constituyó la nueva Junta Directiva: Presidente: Sr. Jaume Iglesias Sitjes (Fundación Maite Iglesias Baciana) Reiterando una vez más nuestra voluntad de transparencia e información puntual a las fundaciones asociadas. Memoria del Ejercicio 2003 (335 Kb) - En catalán
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El día 11 de mayo de 2004 tuvo lugar la firma del convenio de colaboración entre la Asociación de Fundaciones Andaluza (AFA) y la Coordinadora Catalana de Fundacions (CCF). En el acto celebrado en Sevilla, el Sr. Antonio-Claret García, presidente de la AFA, y el Sr. Jaume Iglesias, presidente de la CCF, pusieron de manifiesto la importancia del acuerdo entre dos entidades con intereses comunes, a beneficio del sector de las fundaciones andaluzas y catalanas. En cuanto a los objetivos del convenio, cabe señalar la voluntad de promover el conocimiento y la relación entre las respectivas fundaciones asociadas, así como el trabajo conjunto de ambas asociaciones para la mejora del marco legislativo general, en ambas Comunidades Autónomas, además de un constante intercambio de información y la organización de actos, cursos y seminarios que se consideren oportunos para el mejor desarrollo del mundo fundacional y en un marco de estrecha colaboración. Convenio AFA-CCF (página 1) (TIFF - 206 Kb)
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La Direcció General de Dret i d'Entitats Jurídiques ha desarrollado un proyecto de presentación de las cuentas anuales por medios telemáticos. Para acceder al nuevo sistema de presentación de cuenta, se deberán seguir los pasos siguientes: a) A partir del mes de mayo las fundaciones inscritas en el Registro pueden tramitar al Protectorado las cuentas anuales (balance de situación, cuenta de resultados y memoria) a través del correo electrónico, las 24 horas al día. A este efecto sólo debe dirigirse a la página web del Departament de Justícia: http://www.gencat.net/justicia/serveis/tramits/informa/comptes/index.htm donde hay disponibles los modelos de cuentas anuales, rellenables electrónicamente. La tramitación telemática de las cuentas permitirá la incorporación directa a la base de datos del Protectorado. b) De este modo, una vez llevada cabo la tramitación telemática, y mientras no se haya instaurado la firma electrónica, se deberán presentar en soporte papel, por correo ordinario o presencialmente, la solicitud y el certificado de aprobación de las cuentas (éste último firmado debidamente por el presidente y el secretario), documentos que también se encuentran los modelos en la página web antes mencionada. c) Las fundaciones que estén obligadas a presentar el informe de auditoria, lo deberán adjuntar a la solicitud y el certificado. Una vez ya se haya extendido el uso de la firma electrónica, también será posible tramitar la solicitud y el certificado por medios electrónicos.
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Transcripción de la Jornada del pasado 19 de noviembre de 2003: Transcripción de la Jornada sobre el Reglamento 1270/2003 (136 kb) - en catalán
El 23 de octubre, se ha publicado en el BOE nº 254
el:
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El día 20 de octubre de 2003 tuvo lugar la presentación
del "Código ético para las fundaciones catalanas",
que fue presidida por la consellera de Justicia, Núria de Gispert. Código ético para las fundaciones catalanas (43 Kb)
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DECRETO 43/2003, de 20 de febrero, mediante el cual se aprueba el Plan de contabilidad de las fundaciones privadas (PDF - 1,2 Mb) - en catalán La Ley 5/2001, de 2 de mayo, de fundaciones, publicada en DOGC núm. 3388, de 15.5.2001, regula las fundaciones privadas que ejercen las funciones principalmente en Catalunya. El artículo 27.1 de dicha Ley dispone que las fundaciones deben llevar la contabilidad de acuerdo con la naturaleza de las actividades y de manera que permita un seguimiento de las operaciones y la elaboración de las cuentas anuales, y se tiene que ajustar a los principios y a las normas de la contabilidad que le sean aplicables. Entrará en vigor para los ejercicios con fecha de inicio posterior a 30 de junio de 2003.
Modelo Normal - Modelo Abreviado - Modelo Simplificado -
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Ley de Mecenazgo (BOE 307) (1,4 Mb) Trascripción de la Jornada sobre la Ley 49/2002 (203 Kb) La Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobada por las Cortes españolas el 23 de diciembre del pasado año, fue debatida el pasado 11 de febrero por el sector de las fundaciones, en una jornada organizada por la Coordinadora Catalana de Fundacions y la Confederación Española de Fundaciones, que tuvo lugar en el Auditorio de CaixaForum, el nuevo espacio cultural de la Ciudad Condal. Con una gran asistencia de público,
que superó las previsiones -según afirman los propios organizadores
del acto- y demuestra el interés de las fundaciones por el tema,
la jornada contó con la participación de relevantes profesionales
del mundo jurídico. Por orden de intervención, en primer
lugar Alfonso Viejo, abogado y representante de la Confederación
Española de Fundaciones, se refirió al ámbito subjetivo
de la Ley, los requisitos que deben cumplir las entidades sin fines lucrativos
y la aplicación correspondiente del régimen fiscal especial.
Por su parte, Raimon Bergós, abogado y asimismo secretario general
de la Coordinadora Catalana de Fundacions, se centró en las rentas
y explotaciones económicas exentas, las rentas no sujetas a retención,
y las particularidades sobre la obligación de declarar, además
de referirse a aspectos de la tributación local. Por último,
Eduardo Berché, catedrático de Derecho Financiero y Tributario,
miembro de ESADE y de la Universidad Ramon Llull, pasó a considerar
les características relacionadas con la base imponible del Impuesto
sobre sociedades y las normas de valoración, los incentivos fiscales
al mecenazgo (especialmente donativos, convenios de colaboración
empresarial y gastos en actividades de interés general), para terminar
atendiendo a la nueva situación generada globalmente en cuanto
a IRPF, Impuesto sobre sociedades y a la base para la deducción
conforme a la nueva normativa legal. Posteriormente, los asistentes formularon
sus preguntas y se entabló un interesante debate de carácter
práctico con el objeto de facilitar la aplicación de la
nueva normativa y un mayor robustecimiento de las fundaciones en nuestro
país.
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Ley 5/2001, de 2 de mayo, de fundaciones (68 Kb) - en catalán Trascripción jornada Ley 5/2001 (156 Kb) - en catalán Con motivo de la nueva Ley reguladora
de las fundaciones sujetas a la legislación de la Generalitat de
Catalunya, el día 14 de junio de 2001 la Coordinadora organizó
una jornada para dar a conocer las novedades que incorpora con respecto
a la Ley anterior.
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Nota informativa En virtud del acuerdo de colaboración que había entre la Coordinadora Catalana de Fundacions y la Confederación Española de Fundaciones, las fundaciones asociadas de cada entidad podían beneficiarse de prestaciones especiales ofrecidas por empresas. Como que esta entidad ha desaparecido formalmente al quedar integrada en la nueva entidad Asociación Española de Fundaciones. Y como que las ofertas de empresas se ajustaban convenios firmados con la entidad desaparecida, estas prestaciones especiales han dejado de estar vigentes y las fundaciones asociadas a la Coordinadora no pueden acogerse a ellas. Pero a medida que se vayan firmado los nuevos convenios, ahora ya con la Asociación Española de Fundacions, nuestras fundaciones asociadas podrán volver a beneficiarse de las condiciones ofrecidas hasta ahora, de las cuales informaremos puntualmente en este apartado. Convenio con Datasub: información
sobre subvenciones Convenio con la Direcció General
de Formació Professional del Departament d'Ensenyament Para más información
contactar con la Coordinadora Catalana de Fundacions:
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